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POLÍTICAS DE GESTIÓN DE TRÁFICO
Las presentes políticas de gestión de tráfico se encuentran en el marco del artículo 56 de la ley 1450 de 2011, y la Resolución 3502 de 2011 mediante la cual se establecen las condiciones regulatorias relativas a la neutralidad en internet. En el marco de la resolución en mención, la CRC estableció en su artículo tercero los principios de dicha regulación, dentro de los cuales se encuentra el principio de transparencia mediante el cual “los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones que prestan servicios de acceso a internet deben revelar las políticas de gestión de tráfico a los usuarios y a otros proveedores que tengan acceso a su red.” Igualmente, el artículo 7 de la resolución 3502 de 2011 establece que se podrán implementar medidas de gestión de tráfico que sean razonables y no discriminatorias respecto de algún proveedor, servicios, contenido o protocolo específico, y las mismas se considerarán razonables cuando estén destinadas a: - - - - - - - Reducir o mitigar los efectos de la congestión sobre la red  Asegurar la seguridad e integridad de la red Asegurar la seguridad del servicio a los usuarios  Priorizar tipos o clases genéricas de tráfico en función de los requisitos de calidad de servicio (Qos) propias de dicho tráfico, tales como latencia y retardo de los mismos  Proporcionar servicios o capacidades de acuerdo con la elección de los usuarios, que atiendan requisitos técnicos, estándares o mejores prácticas adoptadas por iniciativas de gobernanza de internet u organizaciones de estandarización. Por otra parte, las políticas que se describen a continuación por parte de TEICOL IOT SAS cumplen con lo previsto en la recomendación UIT-T X.700 y aquellas que las complementen, modifiquen o sustituyan. Igualmente, la resolución 5951 de 2020 estableció que los proveedores de redes y servicios de acceso a Internet durante la ocurrencia de pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud con incidencia en Colombia, en los términos de lo previsto en el Decreto 464 de 2020 concordado con el Decreto 417 de 2020, podrán priorizar el tráfico, para garantizar el acceso del usuario a contenidos o aplicaciones relacionados con los servicios de salud, las páginas gubernamentales y el sector público, el desarrollo de actividades laborales, de educación y el ejercicio de derechos fundamentales, con arreglo a lo dispuesto en el ANEXO 2.9 DEL TÍTULO DE ANEXOS DE LA RESOLUCIÓN CRC 5050 DE 2016.” La oferta comercial de planes de internet móvil es muy variada en términos de capacidades en GB y en las potencialidades de acceder a diferentes aplicaciones o protocolos; En ese sentido la compañía permite a sus usuarios, que una vez agotada la capacidad de datos contratada, puedan seguir navegando sin costo a la velocidad que la empresa determine.  Para el caso del servicio de internet fijo, no se tiene determinado alguna cuota de tráfico por un tiempo determinado, es decir, el servicio que se ofrece es ilimitado. Lo que se tiene implementado son perfiles, lo que permite a un usuario conectarse a internet y llegar hasta cierta velocidad (troughput), por ejemplo, 2 Mbps, 4 Mbps, 8 Mbps, 10 Mbps, etc., teniendo en cuenta lo contratado con nuestra compañía Con el fin garantizar la seguridad en el servicio y proteger a los usuarios, las sesiones de datos siempre deben iniciar desde el móvil o host (dirección usuario-Internet), por tanto, TEICOL IOT SAS ofrece soluciones personalizadas a los clientes que requieran otro tipo de aplicaciones especiales. Por otra parte, el uso de la aplicación Ping o protocolo ICMP está limitado (mas no restringido) para evitar ataques a la infraestructura de red y garantizar el servicio a los clientes de acuerdo con los estándares internacionales. Así mismo, Páginas Web de pornografía infantil, identificadas por las autoridades competentes, están bloqueadas y así como páginas de juegos de azar ilegales que son reportada por las autoridades
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