POLÍTICAS
DE GESTIÓN DE TRÁFICO
Las presentes políticas de
gestión de tráfico se encuentran en el marco del artículo 56 de la ley 1450 de
2011, y la Resolución 3502 de 2011 mediante la cual se establecen las
condiciones regulatorias relativas a la neutralidad en internet. En el marco de
la resolución en mención, la CRC estableció en su artículo tercero los
principios de dicha regulación, dentro de los cuales se encuentra el principio
de transparencia mediante el cual “los proveedores de redes y servicios de
telecomunicaciones que prestan servicios de acceso a internet deben revelar las
políticas de gestión de tráfico a los usuarios y a otros proveedores que tengan
acceso a su red.” Igualmente, el artículo 7 de la resolución 3502 de 2011
establece que se podrán implementar medidas de gestión de tráfico que sean
razonables y no discriminatorias respecto de algún proveedor, servicios,
contenido o protocolo específico, y las mismas se considerarán razonables
cuando estén destinadas a: - - - - - - - Reducir o mitigar los efectos de la
congestión sobre la red Asegurar la
seguridad e integridad de la red Asegurar la seguridad del servicio a los
usuarios Priorizar tipos o clases
genéricas de tráfico en función de los requisitos de calidad de servicio (Qos)
propias de dicho tráfico, tales como latencia y retardo de los mismos Proporcionar servicios o capacidades de
acuerdo con la elección de los usuarios, que atiendan requisitos técnicos,
estándares o mejores prácticas adoptadas por iniciativas de gobernanza de internet
u organizaciones de estandarización. Por otra parte, las políticas que se
describen a continuación por parte de TEICOL IOT SAS cumplen con lo previsto en
la recomendación UIT-T X.700 y aquellas que las complementen, modifiquen o
sustituyan. Igualmente, la resolución 5951 de 2020 estableció que los
proveedores de redes y servicios de acceso a Internet durante la ocurrencia de
pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud con incidencia en
Colombia, en los términos de lo previsto en el Decreto 464 de 2020 concordado
con el Decreto 417 de 2020, podrán priorizar el tráfico, para garantizar el
acceso del usuario a contenidos o aplicaciones relacionados con los servicios
de salud, las páginas gubernamentales y el sector público, el desarrollo de
actividades laborales, de educación y el ejercicio de derechos fundamentales,
con arreglo a lo dispuesto en el ANEXO 2.9 DEL TÍTULO DE ANEXOS DE LA
RESOLUCIÓN CRC 5050 DE 2016.” La oferta comercial de planes de internet móvil
es muy variada en términos de capacidades en GB y en las potencialidades de
acceder a diferentes aplicaciones o protocolos; En ese sentido la compañía
permite a sus usuarios, que una vez agotada la capacidad de datos contratada,
puedan seguir navegando sin costo a la velocidad que la empresa determine. Para el caso del servicio de internet fijo,
no se tiene determinado alguna cuota de tráfico por un tiempo determinado, es
decir, el servicio que se ofrece es ilimitado. Lo que se tiene implementado son
perfiles, lo que permite a un usuario conectarse a internet y llegar hasta
cierta velocidad (troughput), por ejemplo, 2 Mbps, 4 Mbps, 8 Mbps, 10 Mbps,
etc., teniendo en cuenta lo contratado con nuestra compañía Con el fin
garantizar la seguridad en el servicio y proteger a los usuarios, las sesiones
de datos siempre deben iniciar desde el móvil o host (dirección
usuario-Internet), por tanto, TEICOL IOT SAS ofrece soluciones personalizadas a
los clientes que requieran otro tipo de aplicaciones especiales. Por otra
parte, el uso de la aplicación Ping o protocolo ICMP está limitado (mas no
restringido) para evitar ataques a la infraestructura de red y garantizar el
servicio a los clientes de acuerdo con los estándares internacionales. Así
mismo, Páginas Web de pornografía infantil, identificadas por las autoridades
competentes, están bloqueadas y así como páginas de juegos de azar ilegales que
son reportada por las autoridades